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Seguros y protección
Cómo saber si conviene revisar la ART de tu pyme
Shir Ladino · Idónea en el mercado de capitales · CNV Mat. N° 2826 · SSN Mat. N° 94428 · 7 min de lectura ·
En muchas pymes la ART se contrató una vez, cuando entró el primer empleado, y desde entonces se renueva sola. Nadie la mira hasta que hay un accidente. Conviene revisarla cuando la empresa cambió y la cobertura siguió igual, cuando el servicio no respondió como esperabas o cuando nadie adentro sabe bien qué se está pagando.
- Revisarla no obliga a cambiarla. Muchas veces la revisión termina en quedarse donde estás, pero sabiendo por qué.
- El precio es uno de seis criterios. Prevención, atención, prestaciones y gestión de siniestros pesan tanto como la cuota cuando algo pasa.
- Para cambiar hay reglas. La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) pide una permanencia mínima y un certificado de la ART actual antes del traspaso.
Cinco señales de que vale la pena mirar tu ART
Toda empresa con personal en relación de dependencia tiene que estar afiliada a una ART: lo dice la Ley de Riesgos del Trabajo (24.557). Lo que conviene mirar es si la que tenés sigue encajando con la empresa de hoy.
Entraron o salieron personas, sumaste turnos o abriste otro lugar de trabajo. La cobertura se pensó para otra empresa.
Empezaste a fabricar lo que antes comprabas, sumaste reparto propio o tareas en altura. El riesgo de la actividad es parte de cómo se calcula la cuota.
En el último accidente hubo demoras, nadie te explicó los pasos o el trabajador volvió con más dudas que respuestas.
No está claro quién es el responsable interno, cuándo se revisa ni quién aprueba un cambio. Así, la renovación pasa sin que nadie la lea.
La ART llegó junto con otra operación, como una cuenta o un crédito para la empresa, y nunca se comparó con otra opción. No tiene por qué estar mal, pero nadie lo verificó.
Seis criterios para comparar, además del precio
Dos ART pueden cobrar parecido y responder muy distinto. Esta tabla sirve para comparar tu cobertura actual con cualquier alternativa, y también para hacerle preguntas a la que ya tenés.
| Criterio | Qué mirar | Qué preguntar |
|---|---|---|
| 1. Costo | Suele combinar un monto fijo por persona y un porcentaje de la masa salarial, según la actividad y la historia de la empresa. | ¿Qué parte es fija, qué parte variable y qué la hace cambiar? |
| 2. Atención | Quién te atiende, por qué canal y en cuánto tiempo responde. | ¿Tengo un contacto asignado o cada consulta empieza de cero? |
| 3. Prevención | Visitas, relevamientos, capacitaciones y planes de mejora para tu rubro. | ¿Cuándo fue la última visita y qué dejó por escrito? |
| 4. Prestaciones | La red de atención médica cerca de donde trabaja tu gente y el acompañamiento en la recuperación. | ¿A dónde va un trabajador accidentado de cada sede? |
| 5. Siniestros | Cómo se denuncia un accidente, quién hace el seguimiento y cómo se informa a la empresa. | ¿Qué tengo que hacer el día del accidente y qué hace la ART? |
| 6. Requisitos de cambio | La permanencia mínima, el certificado de la ART actual y si la empresa tiene deuda. | ¿Estoy en condiciones de cambiar hoy, o desde qué fecha? |
Para el costo, el número que importa es el de tu empresa: no hay un porcentaje que sirva para todas. Para lo demás, lo más útil es la experiencia propia. Si ya tuviste un accidente, ahí está la mejor evidencia de cómo responde tu ART.
Qué información se comparte, y en qué momento
Una duda frecuente en administración es cuántos datos hay que entregar para que alguien mire la ART. La respuesta depende de la etapa, y en la primera no hace falta casi nada.
Rubro, cantidad aproximada de personas, en qué lugares trabajan y qué te hizo pensar en revisarla.
Sin documentación ni datos de empleados.
Si decidís comparar: CUIT, actividad declarada, cantidad de personas y masa salarial, y lo que pagás hoy.
Datos de la empresa, en totales. Se piden con tu autorización.
Solo si elegís otra ART: el certificado de la actual y la documentación que pida la nueva para el alta.
Es la única etapa con trámite formal.
Si alguien te pide la nómina con nombres y sueldos para una primera charla, es demasiado pronto. Los datos se entregan de a poco, cada uno para un paso concreto.
La permanencia mínima y cómo es el traspaso
Según la página de traspaso de la SRT (consultada el 20 de octubre de 2026):
- Hay una permanencia mínima en la ART actual: 6 meses si es la primera afiliación de la empresa a una aseguradora, y 1 año si no lo es.
- El primer paso es obligatorio: pedirle a tu ART actual un Certificado de No Objeción (CNO). Se tramita en ARCA, en el servicio de la SRT de Póliza Digital de Riesgos del Trabajo.
- El sistema controla dos cosas antes de habilitarlo: que tengas los datos de contacto al día y que hayas cumplido la permanencia mínima.
- La ART actual solo puede rechazarlo si la empresa tiene deuda. El rechazo llega a tu ventanilla electrónica.
- Con el CNO en la mano elegís con qué ART o con qué productor seguir, acordás las condiciones y se hace el alta.
Las reglas pueden cambiar. Antes de iniciar un traspaso, confirmalas en la página de la SRT.
El checklist: diez preguntas antes de renovar
Se contesta en diez minutos con lo que ya sabés y no pide ningún dato de empleados. Cada pregunta sin respuesta es un punto para revisar.
Quién y cuándo
- ¿Quién es el responsable interno de la ART y quién aprueba un cambio?
- ¿En qué mes se revisa la cobertura? ¿Está en algún calendario?
- ¿Cuánto tiempo lleva la empresa en su ART actual?
Qué cambió
- ¿Cambió la actividad o se sumaron tareas nuevas?
- ¿Cambiaron la cantidad de personas, los turnos o los lugares de trabajo?
- ¿Sumaste un depósito, un local o vehículos?
Cómo responde hoy
- ¿Hubo visitas o planes de prevención en el último año?
- En el último accidente, ¿la atención y los trámites fueron claros?
- ¿Alguna vez se comparó el servicio y no solo el precio?
- ¿La ART vino incluida en otra operación sin compararla?
Si quedaron tres o más sin respuesta, vale la pena una segunda mirada.
Una página, para imprimir o llevar a la reunión de socios. No pide registro.
Lo que más nos preguntan
¿Cada cuánto conviene revisar la ART?
Una vez por año, con la renovación, y cada vez que la empresa cambia: más personas, otra actividad, una sede nueva o un accidente que dejó dudas.
¿Puedo cambiar de ART en cualquier momento?
No. Según la SRT, hay que cumplir una permanencia mínima en la ART actual (6 meses si es la primera afiliación, 1 año si no lo es) y pedirle un Certificado de No Objeción, que solo se puede rechazar si la empresa tiene deuda.
¿Revisar la ART significa que voy a pagar menos?
No necesariamente. El costo depende de la actividad, la masa salarial y la historia de la empresa. La revisión sirve para saber si lo que pagás se corresponde con el servicio que recibís, y a veces la conclusión es quedarse.
¿Qué datos tengo que dar para una primera revisión?
Para empezar alcanza con el rubro, la cantidad aproximada de personas y dónde trabajan. Los datos para cotizar (CUIT, masa salarial, lo que pagás hoy) se piden después y solo si decidís comparar.
¿La ART reemplaza a un seguro de accidentes personales?
No: la ART cubre a quien trabaja en relación de dependencia y un seguro de accidentes personales es otra cosa. Lo explicamos en ART o seguro de accidentes personales.
Fuentes: Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), Traspaso de una ART: permanencia mínima y Certificado de No Objeción, consultada el 20 de octubre de 2026. Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo. Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), registro de productores asesores de seguros. Revisado el 20 de octubre de 2026. Este contenido es educativo: no es una cotización, una oferta de cobertura ni una recomendación de contratación. Cada caso se evalúa con sus datos.
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